Objetivos
El Decreto 231/2015 crea la Subsecretaría de Infraestructura Energética dentro del ámbito de la Secretaría de Planeamiento Energético Estratégico. La norma establece los siguientes objetivos:
- Promover el desarrollo de proyectos de infraestructura energética que resulten comprendidos en el ámbito de competencia del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
- Intervenir en la definición e implementación de los procesos necesarios para el desarrollo y la ejecución de proyectos energéticos a ser determinados por el MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
- Participar en la ejecución de planes y proyectos de infraestructura en materia de energía incluyendo el control de presupuestos y plazos establecidos en los contratos, de condiciones de calidad y seguridad requeridas y de cuidado del medio ambiente.
- Intervenir en el control de gestión, identificando desvíos y promoviendo la adopción de medidas correctivas, produciendo los reportes correspondientes.
- Coordinar las relaciones institucionales con empresas, cámaras, gremios y todo otro sector o entidad relacionados con la ejecución de infraestructura energética.
- Proveer soporte a otros organismos del Estado Nacional, Provincias y Municipios coordinando las acciones tendientes a la mejor ejecución de los proyectos de infraestructura energéticos a su cargo.
Asimismo, los lineamientos para alcanzar estos objetivos son:
- Implementar un proceso, y el sistema de información necesario, para monitorear el desarrollo y ejecución de todos los proyectos del área energética para facilitar la respectiva toma de decisiones (Tablero de Control).
- Brindar asesoría a restantes Secretarías y Subsecretarías del MINEM, e interactuar con organismos de nivel nacional, provincial y municipal en lo que se refiere a los aspectos técnicos, legales, de seguridad y medio ambiente de nuevos proyectos energéticos.
La Decisión Administrativa 761/2016 crea las direcciones nacionales dependientes de la subsecretaría:
Dirección Nacional de Proyectos de Infraestructura Energética
Responsabilidad primaria:
Realizar el control de gestión de los proyectos de infraestructura energética a ser determinados por el MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
ACCIONES:
- Desarrollar, proponer, e implementar los procedimientos necesarios para el control de gestión de los proyectos energéticos a ser determinados por el MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
- Participar en la ejecución de planes y proyectos de infraestructura en materia de energía, incluyendo el control de presupuestos y plazos establecidos en los contratos.
- Organizar la estructura operativa para el control de gestión de los proyectos de infraestructura energética de gas, generación eléctrica y transmisión, y distribución eléctrica, a ser determinados por el MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
- Identificar desvíos en plazos, presupuestos, condiciones de calidad y seguridad, promoviendo la adopción de medidas correctivas.
- Diseñar y mantener un sistema de información actualizado de todos los proyectos de infraestructura energética que correspondan al ámbito de su gestión.
Dirección Nacional de Infraestructura Energética
Responsabilidad primaria:
Brindar asistencia a las restantes Secretarías y Subsecretarías del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA en licitaciones, definiciones de ingeniería, administración de contratos y temas relativos a la calidad y seguridad de proyectos de infraestructura energética.
ACCIONES:
- Asistir a las restantes Secretarías y Subsecretarías del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA en materia de licitaciones, ingeniería, administración de contratos y temas relacionados con calidad y seguridad.
- Asistir al Subsecretario de Infraestructura Energética en la coordinación de relaciones institucionales con empresas, cámaras, gremios y todo otro sector o entidad relacionados con la ejecución de proyectos de infraestructura energética, a ser determinados por el MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
- Asistir a otros organismos del ESTADO NACIONAL, Provincias y Municipios, coordinando las acciones tendientes a la mejor ejecución de los proyectos de infraestructura energética, a ser determinados por el MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
- Diseñar y mantener un sistema de información actualizado de todo lo actuado en el ámbito de su gestión.